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Retiro de AFP: Desde hoy podrán solicitar retiro de S/17,600 sin seguir un cronograma
NACIONALES
Publicado en 09/07/2021
Presentación será hasta el 24 de agosto, según lo establecido en la Ley Nº 31192 y normativa de la SBS.

Hoy culmina el segundo cronograma para solicitar el retiro facultativo de hasta 17,600 soles o cuatro unidades impositivas tributarias (UIT) de los fondos privados de pensiones, establecidos por la Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

 

Sin embargo, los aportantes que no hayan tramitado dicha solicitud hasta la fecha y deseen hacerlo, podrán realizarlo libremente (sin cronograma) desde mañana viernes 9 de julio hasta el martes 24 de agosto, a través de la misma página web "Consultaretiroafp.pe".
 
Dicha solicitudes se da en cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 31192 y en la Resolución SBS Nº 01484-2021, en donde se especifica que se cuenta con 90 días calendario desde la vigencia del procedimiento operativo para dicho retiro facultativo.
 
Importante
 
En cuanto al horario para la presentación de las solicitudes es de lunes a viernes, de 8:00 a 18:00 horas, menos los días feriados, a través de la plataforma digital "Consultaretiroafp.pe".
 
El pago se estará realizando en cuentas de entidades financieras determinadas, no se hará en efectivo, por ello es importante tener a la mano un número de cuenta de la que seas titular.
 
Se podrá solicitar en las entidades como BBVA, BCP, Interbank, Scotiabank, Banbif, Banco de la Nación, Banco de Comercio, Banco GNB, Caja Huancayo, Caja Sullana y Banco Ripley.
 
¿Quiénes aplican?
 
Pueden acceder a este retiro todos los afiliados activos, con excepción de quienes califiquen al Régimen de Jubilación Anticipada por desempleo (Reja), conforma a la Ley N°31192 y a la Resolución SBS 1484-2021 de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS). Tampoco accederán al retiro los afiliados que reciben pensión.
 
Plazos de pago
 
El procedimiento operativo aprobado por la Superintendencia de Banca y Seguros para este caso especifica que los retiros se harán efectivos en tres armadas a partir de las siguientes fechas tentativas.
 
• 1er retiro (hasta 1 UIT): hasta 30 días calendario luego de la solicitud.
 
• 2do retiro (hasta 1 UIT): hasta 30 días calendario luego del primer retiro.
 
• 3er retiro (hasta 2 UIT): hasta 30 días calendario luego del segundo retiro.
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